Un tribunal condena a Trump a pagarle 400 mil dólares al New York Times y a 3 periodistas
Vierne5 / El expresidente de Estados Unidos, Donald Trump, deberá pagar cerca de 400 mil dólares al diario The New York Times y a tres de sus reporteros, por los gastos legales en los que incurrieron cuando fueron demandados por Trump por unos artículos sobre sus finanzas e impuestos que el periódico publicó en 2018, basados en parte en documentos confidenciales, informaron las autoridades.
A Trump no le dieron la razón en la demanda. El juez Robert Reed, de la Corte Suprema de Nueva York, dio luz verde a la reclamación del diario neoyorquino y los tres periodistas para que Trump les devuelva 392 mil 638 dólares con 69 centavos que pagaron a abogados, así como para otros gastos legales relacionados con el caso, de acuerdo con la cadena CNBC.
De esta cifra, un total de 229 mil 921 dólares son para el diario y 162 mil 717 dólares para los reporteros, Susanne Craig, David Barstow y Russell Buettner, quienes presentaron al tribunal evidencia para fundamentar esa cantidad, a la que Trump se había opuesto.
De acuerdo con CNBC, el exmandatario exigió en su demanda el pago de 100 millones de dólares en daños, pero fue desestimada el año pasado por el juez Reed, que en su veredicto indicó que las afirmaciones de Trump «no se sostienen por una cuestión de derecho constitucional”.
Trump acusó al periódico y a los periodistas en su demanda de participar en un «complot insidioso” con su sobrina, Mary Trump (autora de un polémico libro sobre la vida del entonces mandatario y su familia), para obtener sus registros fiscales para los artículos. La demanda alegaba que los acusados buscaban «una vendetta personal” contra él.
La serie de artículos en disputa ganó el premio Pulitzer, el más prestigioso del periodismo estadounidense, en la categoría de reportaje explicativo.
«Los tribunales han reconocido desde hace mucho tiempo que los periodistas tienen derecho a participar en actividades legales y ordinarias de recopilación de noticias sin temor a responsabilidad extracontractual, ya que estas acciones son el núcleo mismo de la actividad protegida por la primera enmienda», escribió Reed.
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